Ayuda con papeles en España

Tarjeta de familiar de español

¿Tu pareja, tu madre, tu padre o tu hijo tiene nacionalidad española? Puedes pedir un permiso para vivir y trabajar en España.

Dura 5 años Puedes trabajar Pedirla es gratis

Nombre oficial: autorización de residencia temporal de familiar de persona con nacionalidad española. Está en la ley: Real Decreto 1155/2024. Ver la ley ↗

Paso 0

¿Es para ti? Mira tu caso

La ley dice qué familiares pueden pedir la tarjeta. Busca tu caso. Tenéis que vivir juntos, o ir a vivir juntos.

A

Estás casado o casada con una persona española

Ver ejemplo

Sara es de Marruecos. Su esposo Andrés es español. Sara puede pedir la tarjeta.

Necesitas: certificado de matrimonio.

Tu camino: 1, 2 o 3. Mira dónde estáis.

Ley: artículo 94.1.a ↗
B

Sois pareja registrada

Ver ejemplo

Iván y Pablo se registraron como pareja en Francia. Pablo es español. Iván puede pedir la tarjeta.

Necesitas: certificado del registro de parejas de un país de la Unión Europea.

Tu camino: 1, 2 o 3. Mira dónde estáis.

Ley: artículo 94.1.b ↗
C

Sois pareja estable, sin papeles de pareja

Ver ejemplo

Luz vive con Marcos desde hace 3 años. Tienen una hija. Marcos es español. Luz puede pedir la tarjeta.

Necesitas: pruebas de que vivís juntos desde hace tiempo. Si tenéis hijos juntos, su certificado de nacimiento.

Tu camino: 1, 2 o 3. Mira dónde estáis.

Ley: artículo 94.1.c ↗
D

Eres hijo o hija y tienes menos de 26 años

Ver ejemplo

Diego tiene 19 años. La esposa de su padre es española. Diego puede pedir la tarjeta.

Vale si tu padre, tu madre, o su pareja es española. Con 26 años o más, solo si dependes de su dinero, o si tienes una discapacidad.

Necesitas: certificado de nacimiento.

Tu camino: 1, 2 o 3. Mira dónde estáis.

Ley: artículo 94.1.d ↗
E

Eres padre o madre de la persona española o de su pareja

Ver ejemplo

La madre de Elena vive sola en Perú. Elena es española y le manda dinero cada mes. Su madre puede pedir la tarjeta.

Necesitas: certificado de nacimiento y pruebas de que vives de su dinero (envíos de dinero, por ejemplo).

Tu camino: 1, 2 o 3. Mira dónde estáis.

Ley: artículo 94.1.e ↗
F

Tu hijo o hija es español y tú lo cuidas

Ver ejemplo

El hijo de Aisha es español y tiene 4 años. Aisha vive con él y lo cuida. Aisha puede pedir la tarjeta.

Necesitas: certificado de nacimiento de tu hijo y pruebas de que lo cuidas.

Tu camino: 1, 2 o 3. Mira dónde estáis.

Ley: artículo 94.1.f ↗
G

Cuidas a un familiar español que necesita ayuda

Ver ejemplo

Rosa cuida a su abuelo. Él es español y tiene una dependencia reconocida por el Gobierno. Rosa puede pedir la tarjeta.

Vale para familia hasta el segundo grado: abuelos, hermanos, nietos. Solo una persona cuidadora.

Tu camino: 1, 2 o 3. Mira dónde estáis.

Ley: artículo 94.1.g ↗
H

Tu padre o tu madre fue español de origen

Ver ejemplo

El padre de Camila nació español. Camila tiene 40 años y vive en Argentina. Camila puede pedir la tarjeta, sin límite de edad.

Necesitas: tu certificado de nacimiento y el papel del Registro Civil que dice que tu padre o madre fue español de origen.

Tu camino: 1, 2 o 3. Mira dónde estáis.

Ley: artículo 94.1.h ↗
I

Otro familiar que vive del dinero del español

Ver ejemplo

Omar está enfermo y no puede trabajar. Su hermano es español y paga sus gastos. Omar puede pedir la tarjeta.

Necesitas: pruebas del parentesco, de la convivencia y de que dependes de su dinero. Si estás enfermo, informes médicos.

Solo Camino 1 o 2. Tu caso no puede usar el Camino 3: hay que pedirla desde fuera de España. Ver caminos.

Ley: artículos 94.1.i y 97.1.c ↗

Pasos

¿Cómo se pide? Depende de dónde estéis

Hay 3 caminos. El tuyo depende de dónde estáis ahora, no de tu tipo de familiar.

Camino 1 · Tu familiar español está en España. Tú estás en tu país.

  1. Tu familiar pide el permiso en España

    Va a la Oficina de Extranjería de su provincia. Lleva el formulario oficial y los documentos.

    Ver documentos de este paso
    • Formulario oficial de solicitud.
    • Pasaporte o DNI del familiar español, copia completa.
    • Tu pasaporte, copia completa.
    • Prueba de vuestra familia, según tu caso. Mira tu letra.
    • Si sois pareja: papel firmado de que no vive con otra pareja en España.
    • Si tu caso pide "estar a cargo": pruebas de que vives de su dinero.
    Ley: artículos 96 y 97 ↗
  2. Esperáis la respuesta

    Máximo 2 meses

    Si pasan 2 meses sin respuesta, la respuesta es no. Se puede reclamar. Cómo reclamar.

  3. Tú pides el visado en el consulado español de tu país

    Tienes 1 mes Visado gratis

    Lleva los documentos originales de tu familia. El consulado responde en 15 días.

    Ver documentos de este paso
    • Formulario de visado.
    • Tu pasaporte, con más de 1 año por delante.
    • Documentos de familia originales, no copias.
    • Certificado de antecedentes penales de los países donde viviste los últimos 5 años.
    • Certificado médico.
    Ley: artículos 38 y 41 ↗
  4. Viajas a España

    Con el visado en tu pasaporte.

  5. Pides la tarjeta TIE en la policía

    Tienes 1 mes desde que llegas

    Pide cita, lleva tu pasaporte y una foto. Te toman las huellas.

    Ver documentos de este paso
    • Pasaporte con tu visado y el sello de entrada.
    • 1 foto reciente, tamaño carné.
    • Formulario EX-17.
    • Tasa 790-012 pagada. Cuesta unos pocos euros.
    • Padrón: el registro de tu casa en el ayuntamiento.

    Así lo piden las comisarías normalmente. La cita se pide por internet.

    Ley: artículo 97.7 ↗

Camino 2 · Los dos estáis fuera de España

  1. Pides el visado en el consulado español

    Visado gratis

    Al pedir el visado, pides también el permiso. Es todo junto. Lleva todos los documentos, con los originales de tu familia.

    Ver documentos de este paso
    • Formulario de visado y formulario oficial de solicitud del permiso.
    • Tu pasaporte, con más de 1 año por delante.
    • Pasaporte o DNI del familiar español, copia completa.
    • Prueba de vuestra familia, original, según tu caso. Mira tu letra.
    • Si sois pareja: papel firmado de que no vive con otra pareja en España.
    • Si tu caso pide "estar a cargo": pruebas de que vives de su dinero.
    • Certificado de antecedentes penales de los países donde viviste los últimos 5 años.
    • Certificado médico.
    Ley: artículos 38, 41.3 y 96 ↗
  2. Esperáis la respuesta de España

    Unos 2 meses

    La Oficina de Extranjería decide. Si pasan 2 meses sin respuesta, la respuesta es no. Se puede reclamar. Cómo reclamar.

    Ley: artículo 97 ↗
  3. Recoges el visado

    El consulado revisa tus papeles y te da el visado.

  4. Viajáis a España

    Con el visado en tu pasaporte.

  5. Pides la tarjeta TIE en la policía

    Tienes 1 mes desde que llegas

    Ver documentos de este paso
    • Pasaporte con tu visado y el sello de entrada.
    • 1 foto reciente, tamaño carné.
    • Formulario EX-17.
    • Tasa 790-012 pagada. Cuesta unos pocos euros.
    • Padrón: el registro de tu casa en el ayuntamiento.

    Así lo piden las comisarías normalmente. La cita se pide por internet.

    Ley: artículo 97.7 ↗

Camino 3 · Los dos estáis en España

Es el camino más normal.

Puedes pedirla aunque no tengas papeles en regla. La ley lo permite en este caso. Ley: artículo 97.4 ↗
  1. Pedís el permiso en la Oficina de Extranjería

    Puede pedirlo el español o puedes pedirlo tú. En la provincia donde vivís. También por internet.

    Ver documentos de este paso
    • Formulario oficial de solicitud.
    • Tu pasaporte completo, con más de 1 año por delante.
    • Pasaporte o DNI del familiar español, copia completa.
    • Prueba de vuestra familia, según tu caso. Mira tu letra.
    • Si sois pareja: papel firmado de que no vive con otra pareja en España.
    • Si tu caso pide "estar a cargo": pruebas de que vives de su dinero.
    • Certificado de antecedentes penales de los países donde viviste los últimos 5 años.
    • Certificado médico.
    • Padrón de los dos, si ya vivís juntos.
    Ley: artículos 96 y 97.4 ↗
  2. Mientras esperas, puedes quedarte y trabajar

    Cuando aceptan tu solicitud a trámite, tienes un permiso provisional para vivir y trabajar.

    Ley: artículo 97.5 ↗
  3. Esperáis la respuesta

    Máximo 2 meses

    Si te piden más papeles, tienes 15 días para llevarlos. Si pasan 2 meses sin respuesta, la respuesta es no. Se puede reclamar. Cómo reclamar.

  4. Si dicen sí: pides la tarjeta TIE en la policía

    Tienes 1 mes

    Si dicen no: el permiso provisional se acaba. Puedes reclamar con un recurso. Cómo reclamar.

    Ver documentos de este paso
    • La carta con el sí: la resolución de concesión.
    • Tu pasaporte.
    • 1 foto reciente, tamaño carné.
    • Formulario EX-17.
    • Tasa 790-012 pagada. Cuesta unos pocos euros.
    • Padrón: el registro de tu casa en el ayuntamiento.

    Así lo piden las comisarías normalmente. La cita se pide por internet.

    Ley: artículo 97.7 ↗

Papeles

Documentos que vas a necesitar

Siempre

  • Tu pasaporte completo, en vigor.
  • Pasaporte o DNI de tu familiar español.
  • Prueba de la familia: certificado de matrimonio, de nacimiento, o del registro de pareja. Según tu caso.
  • Formulario oficial de solicitud.
  • Si sois pareja: tu familiar firma un papel que dice que no vive con otra pareja en España.
Ley: artículo 96 ↗

Si pides visado (caminos 1 y 2)

  • Pasaporte con más de 1 año por delante.
  • Certificado de antecedentes penales de los países donde viviste los últimos 5 años.
  • Certificado médico.
  • Documentos de familia originales, no copias.
Ley: artículo 38 ↗
Los papeles de otros países necesitan legalización o apostilla, y traducción al español. Pregunta en el consulado cómo se hace en tu país.

Si dicen no

¿Te han dicho que no? Puedes reclamar

Reclamar tiene plazos. El plazo empieza el día después de recibir la carta. No esperes.

Busca ayuda legal antes de reclamar. Si tienes pocos ingresos, puedes tener abogado gratis. Se llama justicia gratuita. Pregunta en el Colegio de Abogados de tu ciudad.

Caso 1 · Te llega una carta con un no

La carta debe decir cómo reclamar y qué plazo tienes. Léela con ayuda. Tienes 2 opciones:

  1. Recurso de reposición

    1 mes Gratis

    Escribes a la misma oficina. Explicas por qué la decisión está mal, con pruebas. La oficina revisa su decisión. No necesitas abogado.

    Ley: artículos 123 y 124 ↗
  2. Ir al juez: recurso contencioso-administrativo

    2 meses

    Un juez revisa la decisión. Necesitas abogado y procurador. Puedes ir al juez directamente, sin hacer antes la reposición.

    Ley: artículo 46 ↗

Caso 2 · Pasan 2 meses y nadie contesta

Es el silencio negativo. Cuenta como un no, pero sin carta. Puedes reclamar igual: reposición o juez. Como no hubo carta, el plazo no se cierra. Aun así, no lo dejes pasar.

Ley: artículo 124 ↗

Caso 3 · El consulado te niega el visado

El consulado te lo dice por escrito. Ese papel explica los recursos y los plazos de tu caso. Lo normal: reposición ante el mismo consulado en 1 mes, o juez en Madrid en 2 meses.

Ley: artículo 28.10 ↗

Diccionario

Palabras difíciles, explicadas fácil

Oficina de Extranjería
Oficina del Gobierno que decide sobre los permisos de los extranjeros. Hay una en cada provincia.
TIE
Tarjeta de Identidad de Extranjero. Es la tarjeta física, de plástico, con tu foto y tus huellas. La da la policía.
Consulado
Oficina de España en tu país. Ahí se piden los visados.
Visado
Permiso pegado en tu pasaporte para entrar en España.
Estar a cargo
Vivir del dinero de otra persona porque no puedes mantenerte solo.
Silencio negativo
Si la oficina no responde en el plazo, la respuesta es no. Puedes reclamar.
Recurso
Reclamación oficial cuando no estás de acuerdo con una decisión. Tiene plazos. Mira la guía para reclamar.
Recurso de reposición
Reclamación a la misma oficina que dijo no. Gratis y sin abogado. Plazo: 1 mes.
Contencioso-administrativo
Reclamación ante un juez. Necesitas abogado y procurador. Plazo: 2 meses.
Justicia gratuita
Abogado gratis si tienes pocos ingresos. Se pide en el Colegio de Abogados.